El certificado de eficiencia energética de un edificio o unidad del mismo, es el proceso por el que se verifica cuan energéticamente eficiente es la vivienda, edificio o local.
Calcula el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética del inmueble en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación.
Teniendo en cuenta la calefacción, refrigeración, ventilación, aislamiento e iluminación.
Este proceso conduce a la expedición de un certificado y asignación de una etiqueta de eficiencia energética suscrita por técnicos certificadores que poseen la titulación académica y profesional habilitante.
¿A qué activos inmobiliarios se aplica y quién debe encargarlo?
La obligatoriedad de la aplicación se extiende al propietario de cualquier parte individual de un edificio existente si éste las ofrece o publicita en venta o alquiler. Ello incluye viviendas, oficinas y locales comerciales.
¿Qué obligaciones tengo que cumplir?
En caso de venta del inmueble, el vendedor deberá entregar al comprador en la notaría un original del certificado. En caso de alquiler bastará con adjuntar una fotocopia al contrato de arrendamiento.
¿Puedo ofrecer o publicitar la vivienda en alquiler o compra sin contar con la certificación energética?
El artículo 12.2 deja claro que la etiqueta energética debe acompañar a cualquier actividad comercial que se realice para vender o alquilar la vivienda. De esta forma, en el resto de países de Europa donde ya está en vigor la medida, tanto en los escaparates de las agencias inmobiliarias como en los portales de internet aparecen las etiquetas energéticas como una características más de la vivienda o local.
¿Va a haber inspección para velar por el cumplimiento?
La Administración autonómica competente en materia de Consumo realizará la labor inspectora que velará por su cumpliento, detectará casos de falseo o fraude y sancionará los abusos detectados.
¿Qué pasa si no certifico mi vivienda, local u oficina?
Si estando obligado a exhibir la certificación energética con motivo de la publicidad, compraventa o alquiler de una vivienda, local comercial u oficina, el propietario no lo hiciera, puede enfrentarse a ser sancionado administrativamente por el órgano competente de su comunidad autónoma por infracción de los Derechos de los Consumidores, ello podría acarrear consecuencias económicas en ciertos casos.
¿Qué validez tiene el certificado?
Una vez realizado y registrado ante las autoridades competentes, el certificado tiene una validez de dieza años.